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El renting se está convirtiendo en una opción cada vez más demandada por los particulares para acceder a un coche nuevo. ¿Pero conoces las coberturas que te ofrece un seguro de renting? ¿Qué diferencias tiene frente a un seguro "tradicional"?
Básicamente podemos decir que el renting es un sinónimo de alquiler. Es decir, que cuando adquirimos un coche mediante renting no lo estamos comprando, sino alquilando por un determinado periodo de tiempo.
A través de este sistema se puede contar con la garantía de poder usar un vehículo en perfectas condiciones y sin riesgos durante el tiempo que se quiera, por una cuota fija mensual, sin entrada, y en función del uso que se vaya a hacer. Su principal atractivo es que dentro de esta cuota fija se incluye revisiones, averías, neumáticos, ITV, impuestos, etc. De esta forma, de lo único que tenemos que preocuparnos es de la cuota mensual, ya que el resto de gestiones quedan en manos de las empresas de renting, que son las propietarias y responsables de los vehículos.
A través de este sistema se puede contar con la garantía de poder usar un vehículo en perfectas condiciones y sin riesgos durante el tiempo que se quiera, por una cuota fija mensual, sin entrada, y en función del uso que se vaya a hacer. Su principal atractivo es que dentro de esta cuota fija se incluye revisiones, averías, neumáticos, ITV, impuestos, etc. De esta forma, de lo único que tenemos que preocuparnos es de la cuota mensual, ya que el resto de gestiones quedan en manos de las empresas de renting, que son las propietarias y responsables de los vehículos.
¿Pero qué ocurre con el seguro? En lo que respecta al seguro en el caso de contratar un renting hay que tener en cuenta que el propietario del vehículo y el titular del seguro es la propia compañía de renting. En el momento de la cesión del automóvil, la empresa arrendadora extiende un documento de cesión al usuario final, en el que se recogen las condiciones de uso y, entre ellas, las condiciones de cobertura del seguro. Es decir, que la empresa se encarga de gestionar cualquier siniestro o reclamación a la aseguradora, lo cual te libra de muchas molestias.
Ahora bien. Si es cierto que en compañías como donrenting el seguro viene ya
incluido en la cuota, es recomendable que conozcas algunas cuestiones
importantes sobre este tipo de seguros antes de adquirir un vehículo de
renting.
DAÑOS DEL VEHÍCULO
Uno de los aspectos relativos al seguro de un renting que tienes que revisar con lupa es el tipo de póliza contratada. En este apartado, lo ideal es que el seguro sea a todo riesgo sin franquicia para que los daños propios del vehículo estén cubiertos. De esta forma no tendrás que abonar nada si eres el responsable de un accidente.
Ahora bien, en el caso de que el seguro sea a todo riesgo con franquicia, revisa el importe de esta, puesto que cuanto más alta sea, más cantidad deberás asumir en caso de que tengas la culpa del siniestro. Por su parte, si el seguro es una póliza a terceros, deberás responder ante la empresa de renting por todos los daños del vehículo.
Y para los accidentes donde exista un tercero responsable, será el seguro de este quien pague los daños, por lo tanto, en este supuesto no tendrás que asumir ningún coste.
Ahora bien, en el caso de que el seguro sea a todo riesgo con franquicia, revisa el importe de esta, puesto que cuanto más alta sea, más cantidad deberás asumir en caso de que tengas la culpa del siniestro. Por su parte, si el seguro es una póliza a terceros, deberás responder ante la empresa de renting por todos los daños del vehículo.
Y para los accidentes donde exista un tercero responsable, será el seguro de este quien pague los daños, por lo tanto, en este supuesto no tendrás que asumir ningún coste.
COBERTURAS AL CONDUCTOR
Ni que decir tiene que en toda póliza de todo vehículo que se precie es imprescindible contar con un seguro que cubra los daños personales del conductor, ya que si eres el responsable de un accidente es la única cobertura que se hace cargo los gastos médicos que necesites para tu curación y posterior rehabilitación.
Lo ideal sería que la propia empresa de renting estableciera los límites y coberturas que le interese para cubrir los daños materiales de su flota de vehículos, pero que en el caso de los daños personales fueras tú quien eligiera el nivel de cobertura, ya que no es lo mismo que el seguro te pague, por ejemplo, hasta 10.000 € en caso de invalidez o fallecimiento, a que te indemnicen con cinco veces más cantidad.
Y aquí viene el principal inconveniente. Como en los vehículos de renting el seguro ya viene incluido, no tienes la facultad de elegir la cobertura que más te interese. Así, la única opción que tienes si quieres ampliar la cuantía de esta cobertura es es contratar un seguro de accidentes complementario para ampliar los límites impuestos en la póliza.
Lo ideal sería que la propia empresa de renting estableciera los límites y coberturas que le interese para cubrir los daños materiales de su flota de vehículos, pero que en el caso de los daños personales fueras tú quien eligiera el nivel de cobertura, ya que no es lo mismo que el seguro te pague, por ejemplo, hasta 10.000 € en caso de invalidez o fallecimiento, a que te indemnicen con cinco veces más cantidad.
Y aquí viene el principal inconveniente. Como en los vehículos de renting el seguro ya viene incluido, no tienes la facultad de elegir la cobertura que más te interese. Así, la única opción que tienes si quieres ampliar la cuantía de esta cobertura es es contratar un seguro de accidentes complementario para ampliar los límites impuestos en la póliza.
CONDUCTOR DISTINTO AL ARRENDATARIO
En lo que respecta a la conducción del vehículo por parte de terceros distintos del arrendatario, son los contratos con la empresa de renting los que deben recoger las condiciones de uso y las relativas al seguro.
La habitual es que sea el usuario que aparece en el contrato el único autorizado para usar el vehículo, por lo que, si otra persona lo conduce y tiene un siniestro, deberá hacerse cargo de sus daños personales, así como de los que afecten al vehículo. Por fortuna, la aseguradora cubrirá siempre los daños ocasionados a terceros, salvo casos excepcionales como los debidos a la conducción bajo los efectos del alcohol y/o drogas.
¿Existe entonces alguna opción de que el vehículo de renting pueda ser usado por más de una persona? Afortunadamente sí. La única forma que existe para que varias personas puedan circular con el vehículo es que en el contrato con la empresa aparezca el conductor como innominado, es decir, que el coche lo pueda conducir cualquier persona. En este caso, revisa atentamente que no aparezca alguna limitación para menores de una determinada edad o con pocos años de carné, en cuyo caso, tendrás que declararlo a la empresa para que autorice su uso a estos conductores, lo que puede suponer un incremento en la cuota mensual.
La habitual es que sea el usuario que aparece en el contrato el único autorizado para usar el vehículo, por lo que, si otra persona lo conduce y tiene un siniestro, deberá hacerse cargo de sus daños personales, así como de los que afecten al vehículo. Por fortuna, la aseguradora cubrirá siempre los daños ocasionados a terceros, salvo casos excepcionales como los debidos a la conducción bajo los efectos del alcohol y/o drogas.
¿Existe entonces alguna opción de que el vehículo de renting pueda ser usado por más de una persona? Afortunadamente sí. La única forma que existe para que varias personas puedan circular con el vehículo es que en el contrato con la empresa aparezca el conductor como innominado, es decir, que el coche lo pueda conducir cualquier persona. En este caso, revisa atentamente que no aparezca alguna limitación para menores de una determinada edad o con pocos años de carné, en cuyo caso, tendrás que declararlo a la empresa para que autorice su uso a estos conductores, lo que puede suponer un incremento en la cuota mensual.
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